Adecuación de los Barrios Privados

Una forma práctica de readecuar los desarrollos al Régimen de PropiedadHorizontal Especial basada en la interpretación "funcional": No hace faltaempezar de cero, por el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

Noticias 07 de octubre de 2020 Espacio&Confort

La Inspección General de Justicia (IGJ) había dado 360 días para que aquellos clubes de campo, countries, y barrios privados organizados como asociación civil bajo forma de sociedad se adecuen al Régimen de Propiedad Horizontal Especial regulado por el Código Civil y Comercial.
La conversión a Propiedad Horizontal Especial es un trámite complicado y oneroso. Esto ponía entre la espada y la pared a varios desarrollos, puesto que de no cumplirlo podrían ser multados.

Puntos clave
-La ley permite que las asociaciones civiles (entidades sin fines de lucro) tomen la forma jurídica de sociedades si así lo eligen y conviene a su administración.
-Muchos clubes de campo, barrios privados, y countries tomaron esa estructura porque en ese momento todavía no existía una figura jurídica más apropiada para esos emprendimientos.
-Recién con la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, a partir de agosto de 2015, se introdujo la figura de la Propiedad Horizontal Especial, que contempla estos casos.
-Quienes no se adecuen en 360 días a esta nueva figura, podrán ser multados.

La propuesta del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires
Afortunadamente, nuestras leyes contemplan la posibilidad de que las personas jurídicas se reorganicen y cambien de tipo.
De esta forma, estas sociedades pueden modificar sus órganos de administración, gobierno y fiscalización para que sean los que corresponden a los consorcios de propiedad horizontal especial.
El pasado 2 de Septiembre, la Inspección General de Justicia reconoció como válida la interpretación de las normas contenidas en el Código Civil y Comercial acercada por una comisión de escribanos de nuestro Colegio.
En ella, se propuso a la autoridad societaria permitir que los desarrollos que habían tomado la forma de asociaciones o sociedades adecuen su funcionamiento para que, en la práctica, no tenga mayores diferencias con el nuevo régimen.
Creemos que esto es un avance comparado a la alternativa que era adecuar "desde cero" estos desarrollos al nuevo régimen.
De esta forma, estos desarrollos solamente deberán asegurarse de dictar reglamentos que les permitan funcionar "como si" estuviesen en el Régimen de Propiedad Horizontal Especial, algo muchísimo más asequible y menos oneroso.
"Creemos que esta propuesta de adecuación presentada por el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires acerca una solución útil para la problemática de los barrios privados"

Esc. Carlos Allende, Presidente Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

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